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R-DJ-341-2009
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División Jurídica. San José, a las once horas del diecisiete de diciembre de dos mil nueve. ---------------------------------------------------------
Recurso de objeción al cartel interpuesto por la empresa Proyectos & Sistemas Proyectiva S.A., en contra del cartel de la Licitación Pública N° 2009LN-000006-99999 promovida por la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional, para la adquisición, implementación, adaptación y puesta en marcha de un sistema integrado. -------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I.- Que mediante oficio del 03 de diciembre de 2009, recibido en esta Contraloría General ese mismo día, la empresa Proyectos & Sistemas Proyectiva S.A. interpuso oportunamente recurso de objeción al cartel de la Licitación Pública de referencia.----------------------------------------------------
II.- Que mediante auto de las 11:00 horas del 08 de diciembre de 2009, este Despacho confirió audiencia especial por tres días hábiles a la Administración licitante a fin de se refiriera al recurso de objeción interpuesto. -----------------------------------------------------------------------------------------
III.- Que mediante oficio N° 777-2009 DG del 11 de diciembre de 2009, la Administración licitante respondió dentro del plazo otorgado la audiencia especial otorgada. ---------------------------
CONSIDERANDO
I.- Sobre el fondo: Los siguientes son las argumentos presentados por la empresa Proyectos & Sistemas Proyectiva S.A. en su escrito: 1) Sobre requisitos mínimos que debe cumplir la empresa Oferente, respecto que “El oferente debe pertenecer al programa Partner de Oracle, para lo cual debe aportar dentro de su oferta la certificación correspondiente por parte de Oracle. Este requisito es excluyente”: La objetante fundamenta su reclamo en el hecho de que califica el requisito de excluyente, por cuanto limita la participación de oferentes, no aporta valor directo a la ...
Fecha publicación: 18/12/2009
Fecha emisión: 17/12/2009
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
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R-DJ-333-2009
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División Jurídica. San José, a las nueve horas del quince de diciembre de dos mil nueve. ---------------------------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por el Consorcio integrado por Professional Ship Repairs (PROSHIP), S.A y Astilleros Braswell Internacional, en contra del acto dictado por la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica, que declara infructuoso el procedimiento de Licitación Abreviada 2009LA-0000013-01, contratación del servicio de reparación del Remolcado José María, en donde cotizó por un monto de US$200.516.08. -----------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. El Consorcio recurrente presentó recurso de revocatoria el día 10 de diciembre del año en curso, según consta en el folio 3 y siguientes del expediente de apelación. --------------------------
CONSIDERANDO
I. Hechos Probados: 1) Que la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA) promovió la para la Licitación Abreviada 2009LA-0000013-01 para la contratación del servicio de reparación del Remolcado José María. (Ver copia de Gaceta 188 del 28 de setiembre del año en curso, el folio16 del expediente de apelación). 2) Que en La Gaceta 234 del 2 de diciembre de 2009 se publicó el acto que declarara infructuosa la licitación. (ver folio 17 del expediente de apelación ). 3) Que el consorcio recurrente manifiesta que su oferta fue por un monto de US.$200.516.08 y fue la única oferta que se presentó en el concurso (ver folio 0005 del expediente de la apelación) ----------------------
II.-De la admisibilidad del recurso presentado. Procedencia del recurso en cuanto al plazo legal para apelar: En virtud del principio de informalidad lo que el recurrente erróneamente denominó “recurso revocatoria” debemos tratarlo como recurso de apelación y consecuentemente resol ...
Fecha publicación: 18/12/2009
Fecha emisión: 15/12/2009
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONOMICO DE LA VERTIENTE ATLANTICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
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R-DJ-335-2009
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División Jurídica. San José, a las once horas del quince de diciembre del dos mil nueve.-------------------------------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por la empresa Corporación Ingeniería Electromecánica Industrial CORIEM S.A. en contra del acto que declara desierta la Licitación Pública No. 2008LN-000010-PROV promovida por la Compañía Nacional de Fuerza y Luz S.A. para la reconstrucción de infraestructura de distribución eléctrica en áreas del Cantón de Alajuelita, provincia de San José.---------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. . Corporación Ingeniería Electromecánica Industrial CORIEM S.A alegó que a pesar de que su oferta cumple técnicamente y tiene el menor precio el Consejo Directivo declara desierta la licitación basándose según los considerandos del acto en documentos que no fundamentan tal decisión ya que de dichos documentos, unos recomienda la adjudicación y el que señala el costo del proyecto no se ajusta a los costos de esta obra, por lo que el acto es absolutamente nulo y así solicita se declare para que la Administración proceda con la readjudicación.-------------------------------------
II. Mediante auto de las nueve y treinta horas del veinte de octubre del dos mil nueve ocho horas del veintiocho de abril del dos mil nueve se confirió audiencia inicial de ley a la Administración la cual fue contestada mediante escrito agregado al expediente.-----------------------------------------------
III. Mediante auto de las trece horas del diecisiete de noviembre del dos mil nueve se concedió audiencia final oral, la cual se realizó a las nueve horas del veinticinco de noviembre del dos mil nueve.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
IV. En los procedimientos se han observado las prescripciones legales y reglamentarias.----- ...
Fecha publicación: 18/12/2009
Fecha emisión: 15/12/2009
Institución: COMPAÑIA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
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R-DJ-334-2009
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División Jurídica. San José, a las diez horas horas del quince de diciembre del dos mil nueve.------------------------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por el consorcio conformado por Seguridad Tango S. A y Seguridad Alfa S. A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública 2009LN-00002-IMAS, promovida por el Instituto Mixto de Ayuda Social, para la contratación de servicios de vigilancia para las instalaciones del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), recaída a favor de Agencia de Seguridad Camarias S.A. por un monto anual de ¢315.996.000,00.-----------------------
RESULTANDO
I.- Que el consorcio conformado por Seguridad Tango S. A. y Seguridad Alfa S.A., presentó recurso de apelación en contra del acto de adjudicación de la referida licitación, indicando, entre otras cosas, lo siguiente: 1) Sobre el precio ruinoso de la adjudicataria. Que el precio ofertado por la adjudicataria es ruinoso o no remunerativo, y que con el precio ofrecido no puede cumplir con las cargas sociales y salarios mínimos. Además, si se desean cumplir estos rubros, tendría que extraerlos de la utilidad, supuesto en que quedaría por debajo del 10%, que es la utilidad mínima exigida por el cartel. 2) Arco detector de metales: Que el consorcio consideró esto como un servicio adicional. El precio cotizado lo proporcionó un proveedor de dicho sistema. Además se tomó en cuenta el costo de instalación y capacitación para el personal; y un costo adicional por recuperación de la inversión. El equipo pasaría a ser propiedad de la Institución. Como prueba aporta expediente administrativo, estudio de costos de la contadora pública Licda. Ana María Barrantes Sibaja, cotización de la empresa SEYMA S. A.---------------------------------------------------
II.- Que mediante auto de la División Jurídica de las catorce horas del veintisiet ...
Fecha publicación: 18/12/2009
Fecha emisión: 15/12/2009
Institución: INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
Tesauro: Legitimación para apelar
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DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 13417
14 de diciembre de 2009
DJ-2545
Señor
Fernando Murillo Meza
Representante
Fundación Organización Gaya Internacional
Estimado señor:
Asunto: Se atiende consulta de la Fundación Gaya Internacional respecto al proceso de legalización de los libros de la fundación que representa.
Nos referimos a su nota sin número, recibida en esta Contraloría General el pasado 9 de julio, mediante el cual plantea distintas consultas sobre el proceso de legalización de los libros de la fundación que representa.
I.- Motivo de la consulta:
Señala en su oficio que, con fundamento en el artículo 15 de la Ley de Fundaciones, el órgano encargado de fiscalizar tanto los libros legales como contables de las fundaciones debidamente constituidas e inscritas en nuestro país, está a cargo de la Contraloría General de la República.
Sostiene que pese a esto, se le ha indicado reiteradamente por vía telefónica que la institución no procede a realizar dicho trámite.
Agrega que ante la carencia de normativa que les vincule, así como en procura de una sana tramitación y transparente administración, solicitan nuestro criterio sobre el asunto.
En ese contexto, se requiere que este órgano contralor delimite lo que deben entender por “sana administración y adecuado control interno”.
Afirman además que, en su criterio el proceso de fiscalización de las fundaciones, dada la normativa legal imperante no debe recaer en la fundación misma.
II.- Criterio de la División:
Efectivamente el oficio N° 13918 (DAGJ-15010-2007) del 23 de noviembre de 2007, recoge la posición que –en términos generales- venía adoptando la Contraloría General más recientemente sobre el tema que su representada trae a discusión.
La posición jurídica, tiene asidero justamente en las atribuciones y competencias que constitucional y legalmente le corresponde asumir a este órgano contralor como órgano máximo de fiscalización de la Hacienda Pública, respecto ...
Fecha publicación: 18/12/2009
Fecha emisión: 14/12/2009
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Públicos Generales, Ambientales y Agropecuarios
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Públicos Generales, Ambientales y Agropecuarios
DFOE-PGAA-818
-3-
18/12/2009
Al contestar refiérase
al oficio Nº 13860
18 de diciembre, 2009
DFOE-PGAA-818
Diputada
Maureen Ballestero Vargas
Presidenta, Comisión Permanente Especial de Ambiente
Asamblea Legislativa
Estimada señora:
Asunto:
Consulta sobre el texto sustitutivo del Proyecto “Ley de Creación del Monumento Natural Santa Ana”, Expediente N° 16954.
En relación con la comunicación electrónica fechada el 12 de noviembre de 2009, mediante la cual se comunica que la Comisión Permanente Especial de Ambiente acordó solicitar el criterio de la Contraloría General de la República sobre el texto sustitutivo del Proyecto “Ley de Creación del Monumento Nacional Santa Ana”, Expediente N° 16954, y previa coordinación con la División Jurídica de la institución, se indica lo siguiente.
I. ANÁLISIS DEL TEXTO CONSULTADO.
Esta Contraloría General se pronunció con anterioridad sobre la versión original de la iniciativa legal tramitada en el expediente N° 16954.
Mediante el oficio N° 8426 (DAGJ-1133-2008) del 18 de agosto de 2008, se indicó en relación con los artículos 1, 2 y 3 del texto remitido en esa oportunidad, que podría considerarse innecesaria la propuesta, habida cuenta que el Poder Ejecutivo está habilitado para la declaratoria de monumentos naturales en virtud de la normativa general sobre la materia, y que igualmente la legislación vigente dispone que la administración y demás potestades jurídicas sobre dichas áreas le corresponden a las entidades municipales. Se recomendó en particular, dejar expresamente consignada la posibilidad de que la administración y el manejo de la fauna silvestre del zoológico sea concesionada o dada en administración a alguna entidad pública o privada especializada.
En el artículo 4 del texto cons ...
Fecha publicación: 18/12/2009
Fecha emisión: 15/12/2009
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
División De Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Económicos para el Desarrollo
División De Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Económicos para el Desarrollo
DFOE-ED-0947 2 8 de diciembre, 2009
Al contestar refiérase
al oficio No. 12925
8 de diciembre, 2009
DFOE-ED-0947
Actuario
José Ángel Villalobos V.
Gerente General
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS)
Estimado señor:
Asunto:
Se atiende consulta del INS sobre la aplicación de los artículos 14 y 16 de la Ley Nro. 8131 a ese Instituto.
Nos referimos a su oficio Nro. G-439-2009 del 16 de octubre, mediante el cual manifiesta que ese Instituto se encuentra analizando la implementación de mecanismos, para mejorar el nivel y calidad del aseguramiento de los activos públicos y la vivienda social, entre los que se encuentra, como una posible opción, la constitución de un fideicomiso. Debido a lo anterior plantea la siguiente inquietud:
¿En caso que el fideicomiso (o vehículo que finalmente se defina) contrate con un emisor de primer orden una línea de crédito contingente con garantía del Estado, dicha operación se vería afectada por lo dispuesto en los artículos 14 y 16 de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Nro. 8131, requiriendo para el caso del último numeral una autorización legal expresa para la operación específica?
Los textos de dichos artículos señalan lo siguiente:
“ARTÍCULO 14.- Sistemas de contabilidad
Los entes establecidos en el artículo 1 no podrán constituir fideicomisos con fondos provenientes del erario de no existir una ley especial que los autorice. Dicha ley regulará las condiciones generales que se incluirán en el contrato de fideicomiso. Estos entes se sujetarán a la legislación vigente en lo relativo a la contratación tanto de bienes y servicios como del recurso humano necesario para la consecución de los objetivos. Asimismo, ...
Fecha publicación: 18/12/2009
Fecha emisión: 08/12/2009
Institución: INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS)
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
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R-DJ-330-2009
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División Jurídica San José, a las diez horas del catorce de diciembre del dos mil nueve.------------------------------------------------------------
Recurso de objeción interpuesto por el Lic. Mauricio Benavides Chavarría en contra del cartel, de la Licitación Pública N°2009LN-000001-001, promovida por la Municipalidad de Parrita para la “Contratación de abogados externos para el cobro de tasas e impuestos municipales”.-------
I.-POR CUANTO: El licenciado Mauricio Benavides Chavarría interpuso recurso de objeción en contra del cartel de la Licitación Pública N°2009LN-000001-001 para la “Contratación de abogados externos para el cobro de tasas e impuestos municipales”.---------------------------------------
II. POR CUANTO: Mediante auto de las catorce horas del tres de diciembre de dos mil nueve, se concedió audiencia especial a la Administración con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la objetante y remitiera una copia fiel del cartel. -------------------------------------------- III.- POR CUANTO.- La Administración respondió la audiencia el ocho de diciembre del año en curso, la cual fue complementada por nota de nueve de siembre recién pasado.--------------------------
IV.-SOBRE EL FONDO: 1) ITEM II.- II.1 Generalidades del servicio: El objetante: Manifiesta que en el cartel dispone: “El servicio a contratar comprende la interposición de “juicios ejecutivos” necesarios para el cobro por la vía judicial de las sumas adeudadas a la Municipalidad de Parrita por concepto de impuestos, tasas y servicios municipales, por los contribuyentes del cantón cuyas cuentas se encuentran en estado de morosidad”, y que erróneamente se indica como procesos ejecutivos, cuando lo que corresponde es procesos cobratorios para referirse tanto a los procesos de ejecución hipotecaria como a los procesos monitorios. La Administración: Acepta la objeción en este punto. Dice la Administraci ...
Fecha publicación: 17/12/2009
Fecha emisión: 14/12/2009
Institución: MUNICIPALIDAD DE PARRITA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Asunto: De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 182, 183 y 184 de la Constitución Política, 1, 3, 85, siguientes de la Ley de Contratación Administrativa, 174 y siguientes de su Reglamento, SE RESUELVE: 1) RECHAZAR DE PLANO POR IMPROCEDENCIA MANIFIESTA en virtud de FALTA DE LEGITIMACIÓN el recurso de apelación interpuesto por el CONSORCIO ROJAS E HIDALGO CONSULTORES Y DISEÑOS S.A.-VARGAS RAMIREZ CONSTRUCTORES S.A., en contra del acto de adjudicación de la LICITACIÓN ABREVIADA N° 2009LA-000133-01000, promovido por el SISTEMA NACIONAL DE AREAS DE CONSERVACIÓN, para la construcción de obra nueva en el puesto de control de Aguas Frías, Parque Nacional de Tortuguero, por un monto de ¢104.500.000,00; acto el cual se confirma. 2) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley de Contratación Administrativa se da por agotada la vía administrativa.------------------------------------------------------
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R-DJ-328-2009
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División Jurídica. San José, a las ocho horas del catorce de diciembre del dos mil nueve.---------------------------------------------------------
RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el CONSORCIO ROJAS E HIDALGO CONSULTORES Y DISEÑOS S.A.-VARGAS RAMIREZ CONSTRUCTORES S.A., representada por los señores Harold Rojas Vargas y Gerardo Vargas Ramírez , en contra del acto de adjudicación de la LICITACIÓN ABREVIADA N° 2009LA-000133-01000, promovido por el SISTEMA NACIONAL DE AREAS DE CONSERVACIÓN, para la construcción de obra nueva en el puesto de control de Aguas Frías, Parque Nacional de Tortuguero, por un monto de ¢104.500.000,00------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO:
I. Que mediante escrito recibido en esta Contraloría General el 20 de octubre del 2009, el Consocio Rojas e Hidalgo Consultores y Diseños S.A.-Vargas Ramírez Constructores S.A., presentó recurso de apelación en contra del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada N° 2009LA-000133-01000, promovida por el el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, para la construcción de obra nueva en el puesto de control de Aguas Frías, Parque Nacional de Tortuguero (folios 4 al 60 del expediente de apelación)-------------------------------------------------
II- Que esta División Jurídica solicitó el respectivo expediente administrativo a la Administración por auto de las ocho horas con quince minutos del veintidós de octubre del dos mil nueve.( folio 61 del expediente de apelación).---------------------------------------------------------
III. Que por oficio N° SINAC-PI-264-2009, recibido en la Contraloría General el 23 de octubre, el Sistema Nacional de Áreas de Conservación procede a trasladar el expediente administrativo del Concurso N° 2009LA-000133-01000.( Ver expediente de apelación, folio 65).------------------
IV. Que mediante auto dictado por esta Oficina a las ocho horas quin ...
Fecha publicación: 17/12/2009
Fecha emisión: 14/12/2009
Institución: SISTEMA NACIONAL DE AREAS DE CONSERVACION
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
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R-DJ-331-2009
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División Jurídica. San José, a las once horas del catorce de diciembre de dos mil nueve. -------------------------------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por Seguridad Alfa SA en contra del acto de adjudicación de la Licitación Pública N° 2009LN-000010-PROV promovida por el Poder Judicial para la contratación de servicios de vigilancia en la Ciudad Judicial en San Joaquín de Flores de Heredia; recaído a favor de Consorcio de Información y Seguridad S.A. por un monto total anual de ¢146.606.974,32. --------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I.- Que mediante escrito del 07 de septiembre de 2009, la empresa Seguridad Alfa S.A. interpuso recurso de apelación en contra del acto de adjudicación de referencia, alegando con fundamento en un estudio de costos realizado por un Contador Público Autorizado, que lo ofertado por la adjudicataria tiende a ser poco remunerativa y ronda en lo ruinoso, ya que la misma sobreestimó los costos de mano de obra por lo que, para hacer frente a la adjudicación la empresa tendría que modificar su estructura de rubros propuesta en su oferta, y con ello sacrificar utilidad. -----------------
II- Que el 10 de setiembre de 2009, mediante auto de las 09:00 horas, esta División solicitó el expediente administrativo de la contratación al Poder Judicial. ---------------------------------------------
III.- Que el 16 de setiembre de 2009, mediante resolución N° R-DJ-142-2009 de las 09:00 horas, se rechazó por extemporáneo el recurso de interpuesto. ---------------------------------------------------------
IV.- Que el 18 de setiembre de 2009, mediante resolución N° R-DJ-149-2009 de las 14:00 horas, este Despacho resolvió lo siguiente: “1)Rechazar por improcedente la solicitud de adición y aclaración a la resolución N° R-DJ-142-2009 de las 09:00 horas del 16 de setiembre de 2009; 2) Revocar la reso ...
Fecha publicación: 17/12/2009
Fecha emisión: 14/12/2009
Institución: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PODER JUDICIAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
Tesauro: Desglose del precio, Servicios puntuales por un plazo determinado, Precio ruinoso o no remunerativo, Integridad de la oferta